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 Proceso Constituyente 
26 de Marzo
Se publica en el Diario Oficial Ley N° 21.221 que reforma la Constitución Política y establece nueva fecha para el Plebiscito
SERVEL determina y publica los Padrones Electorales
Inicio período propaganda electoral

Por medio de prensa y radio emisoras; activistas en la vía pública, mediante el porte de elementos no fijos o la entrega de objetos informativos; en los lugares calificados como lugares públicos autorizados; en espacios privados con autorización del propietario

26 de Agosto
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25 de Sept.
Comienza la emisión de propaganda gratuita en canales de televisión de libre recepción
03 de Octubre

Publicación de 

Vocales designados 

+ locales de votación

25 de Octubre
PLEBISCITO NACIONAL
2021
Elección Delegados Constituyentes 
(en caso de aprobación)

155 en caso de Convención Constituyente o; 86 en caso de Convención Mixta C.

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Plebiscito Ratificatorio

No se cuenta con una fecha oficial

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NOTA: Las fechas han sido actualizadas a partir de la publicación de la nueva fecha para el plebiscito realizada mediante el Diario Oficial en marzo 2020. Como antecedente, la fecha original del plebiscito era el 26 de abril del 2020

Lo que debes saber
¿Por qué es necesaria una Constitución?

Todas las sociedades necesitan reglas de convivencia común. Para esto, es necesario ponernos de acuerdo entre todos y establecer cuáles serán esas reglas, que nos regirán como país y sociedad. En todos los espacios en los que convivimos existen reglas que respetamos y coincidimos, como respetar el orden de atención en la farmacia o pedir la palabra y respetar el tiempo de cada persona en los debates. Lo mismo sucede en nuestra sociedad: para vivir en comunidad necesitamos establecer reglas que nos ayuden a convivir en paz y de manera ordenada, para así evitar cualquier conflicto. Esto se logra con una Constitución.

¿Qué es una Constitución?

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¿Cómo se elabora o cambia una Constitución?

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Proceso Constituyente chile 2020 Formación ciudadana
Constituciones en Chile
Constituciones en Chile
¡Haz click en cada una para revisar detalles! 
1822 -1828
Ensayos Constitucionales
Proceso Constituyente chile 2020 Formación ciudadana

Elaborada vía Comisión de 122 miembros nombrados por el Presidente.
1925

Proceso Constituyente chile 2020 Formación ciudadana

Reforma
Constitucional.

2005

1818
Constitución denominada "provisoria"

1833
Elaborada vía Comisión de 36 miembros, electos por la Cámara de Diputados.
Ratificada por la misma comisión.

Proceso Constituyente chile 2020 Formación ciudadana

1980
Elaborada por una Comisión de 8 miembros nombrados por la Junta Militar

Procesos constituyentes en el mundo
Procesos Constituyentes en el mundo
¡Haz click en cada país para revisar detalles! 
Constituciones en el mundo formación ciudadana
Suiza
Realizó su propio proceso durante el año 1999 a través de una Comisión Constituyente
Nicaragua
Realizó un proceso constituyente el año 1995 a través del poder Legislativo.
Croacia
Llevó a cambio un proceso constituyente durante el año 2000 a través del Poder Legislativo.
Sudafrica 
Llevó a cabo un proceso proceso el año 1996 a través de un Congreso Constituyente.
Bolivia
Realizó durante el año 2009 un proceso constituyente a través de una Asamblea Constituyente.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
Preguntas frecuentes_FAQ
  • ¿Cuál es la diferencia entre la Convención Constitucional y la Convención Mixta Constitucional?
    Existen varias diferencias entre ambas opciones para elaborar una nueva constitución. En primer lugar, la Convención Constitucional estará formada por 155 integrantes 100% electos por nosotros. La Convención Mixta, en cambio, estará formada por 172 integrantes, 50% de ellos serán miembros del actual Congreso y 50% de ellos serán electos popularmente. Por otra parte, si los congresistas quieren ser ser parte de la Convención Constituyente, deben renunciar. Por otra parte, en la Convención Mixta, los congresistas que formen la convención pueden seguir realizando sus labores en el Congreso. Por último, en la Convención Constitucional, todos reciben el mismo sueldo y luego de cumplir su función, están inhabilitados para postular a cargos de elección por 1 año. En la Convención Mixta, en cambio, los congresistas reciben su sueldo de manera normal y los convencionales reciben un sueldo menor. Además, no hay inhabilidad, y terminando sus labores de convencionales pueden postular inmediatamente a cargos de representación.
  • ¿Cuál es la diferencia entre Convención Constitucional y Asamblea Constituyente?
    No hay diferencias. En ambos, los miembros son 100% electos por nosotros a través del voto popular, estando facultados sólo para cumplir el mandato de redactar un nuevo texto constitucional. Sólo existe una diferencia de nombres.
  • ¿Qué se vota en el plebiscito del 26 de abril? ¿Qué pasa luego de eso?
    El 26 de abril votaremos si aprobamos o rechazamos la idea de crear una nueva Constitución. Ese día habrá que votar en dos papeletas. La primera es si aprobamos o rechazamos una nueva constitución y la segunda es bajo qué mecanismo: Convención Constitucional o Convención Mixta Constitucional. Independiente de que votes apruebo o rechazo, la papeleta de las opciones de Convención es válida de igual manera. Una vez terminadas las votaciones, y si gana la opción “apruebo”, se convocarán elecciones de convencionales para el mes de octubre, junto con las elecciones de alcaldes, concejales y gobernadores regionales.
  • ¿Existirá sólo una visión política a la hora de elaborar una nueva Constitución?
    No. La idea de crear una Convención (mixta o completamente electa) es darle espacio a todos los sectores políticos de la sociedad para que, a través del voto, sean representados en la Convención. Con esto, nos aseguramos de que cada movimiento representado tenga espacio para exponer su postura y llegar a acuerdos para que la nueva Constitución no esté cargada sólo por una visión política y genere unidad entre nosotros.
  • Una nueva Constitución, ¿resolverá los problemas y demandas sociales?"
    Si bien la Constitución no trata directamente con los problemas sociales y las demandas que se levantan desde la ciudadanía, sí establece el marco legal y la forma en que se creen o modifiquen las leyes que entregan derechos o acceso a beneficios sociales. Debido a esto, si un proyecto o una ley no se enmarca dentro de las atribuciones que permite la Constitución, pueden ser declarados inconstitucionales.
  • ¿Qúe significa la ley de paridad para el Proceso Constituyente?
    Significa que, en el supuesto que gana el apruebo a una Nueva Constitución, en el Órgano Constituyente tendrá: En el caso de Convención Constitucional (100% electos): 1. En cada distrito, una mujer encabezará las listas de partidos o agrupaciones que se levanten para la Convención, seguido por un hombre y de manera intercalada. 2. En caso de que en un distrito un sexo está sobrerrepresentado, se tomará la medida de paridad. Ejem: en el caso de 6 hombres y 4 mujeres, el hombre con menos votación será reemplazado por la mujer que tenga la más alta votación dentro de la misma lista. 3. El Órgano Constituyente entonces, estaría compuesto por un 50% de hombres y 50% de mujeres. En el caso de Consvención Mixta (50%electos y 50%designados por el Congreso): 1. La elección del 50% por la ciudadanía se regirá por los mismos mecanismos que en la Convención Constitucional. El otro 50% constituído por Parlamentarios/as, no aplica. Revisa todos los detalles en: https://www.senado.cl/appsenado/templates/tramitacion/index.php?boletin_ini=13130-07
  • ¿Quién elije los constituyentes? (consulta por Ignacio Nilo)
    Los constituyentes son elegidos por la ciudadanía a través del voto. Esto dependerá, eso sí, de cómo se conforme la Convención. Si es Convención Constituyente (100% electa), todos los constituyentes serán electos por voto popular y tendrá un caracter paritario, es decir, el órgano constituyente tendrá igual presencia tanto de hombre como mujeres. Si gana la Convención Mixta, la ciudadanía elegirá al 50% de los constituyentes y el Congreso establecerá al otro 50%.
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Fuentes de información
Proceso constituyente Chile 2020
Recursos
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